Jueces ingleses escuchan a “buitres” y a defensa de #Cuba

#Londres #Defensa #Justicia #FondoBuitre #BNC

Jueces del Alto Tribunal Londinense han escuchado lo que dice el buitre desde el fondo, y también han oído las voces con reflexiones claras sobre la no pertenencia de la deuda que reclama el fondo rapaz. Pero el fondo de semejante especie, que no tiene que ver con ningún ave aunque se alimente de cuerpos muertos, se ha encontrado conque Cuba está viva y muy viva y le ha dado el primer tortazo.


El que llamamos fondo buitre, cueva de ladrones, se hace llamar CRF I Limited se encontró con las declaraciones y la documentación de los representantes de Cuba, y así le ataron sus garras y le cagarraron el pico ganchudo, entonces no tuvo más remedio que admitir que su demanda la hizo para robar la deuda a la que no tienen derecho.

Los documentos mostraron sus trampas y chantajes como forma tradicional de actuar, igual que los ladrones de caminos roban al que pasa por su lado. Su intento de llevarse la deuda en dos títulos buscaban impedir que el BNC y la República de Cuba pudiesen realizar su compromiso. Los sinvergüenzas querían llegar a los jueces para impedir la conclusión a realizar por el BNC.

Lo ridículo no quita la soberbia al canalla y de ahí que buscasen semejante salida, a pesar de que esta claro que nunca el que llamamos buitre ha tenido que ver con Cuba. Para colmo sus mercenarios mostraron un papel firmado por un funcionario que no tenían ninguna atribución al respecto, lo que le quitaba toda validez. El mismo funcionario declaró que el documento era papel mojado porque él no era quien pudiese autorizar semejante cesión y el papel ni siquiera correspondía al tipo de documento que corresponde a tal asunto. Para rematar la puesta en ridículo llegó a decir que para que lo hiciese los mercenarios le intentaron comprar.

El paso siguiente fue para mostrar el tipo de documento que se emplea para ese tipo de operaciones, un título empleado por los organismos cubanos que emplea un sistema de reconocimiento, marca que el ladrón no fue capaz de descubrir y por tanto de prever.

Por no cumplir ni los requisitos básicos ni siquiera pudo el ladrón CRF I Limited la comunicación que debería hacer el BNC al Ministerio de Finanzas y éste al Consejo de Ministros, con lo que se reafirmó la ilegalidad del acto buitregüil.

En unos días la judicatura inglesa pondrá oído al ruido gutural salido de ese fondo indeseable, y a la voz humana de Cuba.

#JuicioenLondres: #FondoBuitre admite que siempre pretendió demandar al Banco Nacional y a la República de #Cuba (Video)

#BNC #Justicia

Durante la primera semana del juicio correspondiente a la demanda interpuesta por el fondo buitre CRF I Limited, en la Alta Corte de Inglaterra, representantes del fondo, interrogados por la barrister inglesa que lidera la defensa en favor del Banco Nacional de Cuba (BNC) y la República de Cuba, admitieron que se consideró la demanda ante tribunales como una opción, desde que iniciaron los pasos para intentar adjudicarse los títulos de deuda que hoy son objeto de debate.

En el material probatorio presentado resaltan correos electrónicos y numerosos documentos que han permitido describir en detalle la actuación típica del ente demandante, y con ello la identificación del accionar de un fondo buitre. CRF pretendió adquirir ilegalmente dos títulos de deuda cubana a bajos precios, y condicionar posibles acuerdos con el BNC y la República de Cuba como única opción para evitar la demanda ante la jurisdicción inglesa.

CRF alega, además, que es acreedor legítimo de dos deudas contraídas en la década del 80, en tanto el BNC y el Estado cubano sostienen que el fondo no ha sido nunca ni es acreedor de Cuba en este momento. Para sostener su postura, los demandantes mostraron, como elemento probatorio cardinal, el documento emitido por un funcionario del BNC, en el que se daba el presunto consentimiento del Banco, y por ende de Cuba, para que los derechos como acreedor fueran transferidos en favor de CRF.

El funcionario cubano, responsable de la confección y firma del documento, piedra angular de la reclamación del fondo buitre, admitió en su declaración ante el Tribunal, a tiempo real desde La Habana, que era consciente de que cometía un acto ilegal que rebasaba sus atribuciones y competencias, y que, además, no cumplía los requisitos legales para su validez.

El testigo reconoció, asimismo, que su actuar fue resultado de una promesa de dádiva hecha por representantes del fondo. De acuerdo con los procedimientos bancarios vigentes, para la formalización de este documento se exige un tipo de papel especial con caracteres de seguridad, la presencia de dos firmas de tipo A, así como su inscripción en el registro oficial de cesiones de deuda.

La defensa del BNC y de la República de Cuba explicó a la jueza que ninguno de los tres requisitos fue cumplido, lo que invalida su eficacia jurídica y anula las consecuencias que se derivarían de su emisión.

Desde La Habana, ofrecieron igualmente su declaración dos exdirectivos del BNC y dos trabajadoras que desempeñaban tareas asociadas con la operación de cesión que se debate. Todos aportaron elementos que confirman la nulidad del documento emitido y las violaciones del procedimiento.

Más aún, en la vista del juicio se argumentó que el BNC, en apego a las normas cubanas, no tiene la facultad de actuar a nombre del Estado cubano, y de expresar su consentimiento para la cesión de una deuda pública.

La presidenta del BNC, Joscelin Río Álvarez, interrogada por el barrister que representa al fondo buitre, explicó el procedimiento regulado y las atribuciones conferidas al Banco para este tipo de operación.

La institución financiera, que desde 1997 no cumple el rol de Banco Central del Estado, al recibir la notificación de un acreedor que pretende ceder sus derechos sobre deuda pública está en la obligación de remitirla al Ministerio de Finanzas y Precios, y este, a su vez, al Consejo de Ministros, en su función de máximo órgano del Gobierno de la República de Cuba.

Por su parte, el viceministro primero de Finanzas y Precios, Vladimir Regueiro Ale, afirmó que en este caso no existió dicha comunicación, lo que refuerza el carácter ilegal y carente de consecuencias jurídicas de la supuesta cesión que alega el fondo buitre.

La ausencia de intervención de dicho Ministerio en esta presunta cesión es otro elemento de peso que sostiene la invalidez de los derechos alegados por el fondo.

Los argumentos escuchados en la sala de la Alta Corte de Inglaterra muestran una evidencia clara. Un ente económico intentó adjudicarse de forma ilegal dos deudas cubanas e, inmediatamente, a falta de acuerdo y aprobación de estos actos por el BNC y Cuba, establece la demanda en Londres.

Compraron la deuda a bajo costo, y el monto que reclaman significaría, en cualquier caso, una ganancia neta que oscila entre el 1 200 % y el 2 000 % del valor que pagaron.

Esta semana continuarán las sesiones, y se escucharán los alegatos finales de los barristers de cada parte.

El BNC y Cuba continuarán representados y sostendrán su postura inicial: el demandante no es acreedor y nunca lo ha sido.

#FondoBuitre admite que siempre pretendió demandar al #BancoNacional y a la República de #Cuba

#Londres #Juicio #AltaCortedeInglaterra

El BNC y Cuba continuarán representados y sostendrán su postura inicial: el demandante no es acreedor y nunca lo ha sido

Durante la primera semana del juicio correspondiente a la demanda interpuesta por el fondo buitre CRF I Limited, en la Alta Corte de Inglaterra, las declaraciones de los testigos han puesto al descubierto los elementos que permiten entender la posición cubana.

Representantes del fondo, interrogados por la barrister inglesa que lidera la defensa en favor del Banco Nacional de Cuba (BNC) y la República de Cuba, admitieron que se consideró la demanda ante tribunales como una opción, desde que iniciaron los pasos para intentar adjudicarse los títulos de deuda que hoy son objeto de debate.

En el material probatorio presentado resaltan correos electrónicos y numerosos documentos que han permitido describir en detalle la actuación típica del ente demandante, y con ello la identificación del accionar de un fondo buitre. CRF pretendió adquirir ilegalmente dos títulos de deuda cubana a bajos precios, y condicionar posibles acuerdos con el bnc y la República de Cuba como única opción para evitar la demanda ante la jurisdicción inglesa.

CRF alega, además, que es acreedor legítimo de dos deudas contraídas en la década del 80, en tanto el bnc y el Estado cubano sostienen que el fondo no ha sido nunca ni es acreedor de Cuba en este momento. Para sostener su postura, los demandantes mostraron, como elemento probatorio cardinal, el documento emitido por un funcionario del BNC, en el que se daba el presunto consentimiento del Banco, y por ende de Cuba, para que los derechos como acreedor fueran transferidos en favor de CRF.

El funcionario cubano, responsable de la confección y firma del documento, piedra angular de la reclamación del fondo buitre, admitió en su declaración ante el Tribunal, a tiempo real desde La Habana, que era consciente de que cometía un acto ilegal que rebasaba sus atribuciones y competencias, y que, además, no cumplía los requisitos legales para su validez.

El testigo reconoció, asimismo, que su actuar fue resultado de una promesa de dádiva hecha por representantes del fondo. De acuerdo con los procedimientos bancarios vigentes, para la formalización de este documento se exige un tipo de papel especial con caracteres de seguridad, la presencia de dos firmas de tipo A, así como su inscripción en el registro oficial de cesiones de deuda.

La defensa del BNC y de la República de Cuba explicó a la jueza que ninguno de los tres requisitos fue cumplido, lo que invalida su eficacia jurídica y anula las consecuencias que se derivarían de su emisión.

Desde La Habana, ofrecieron igualmente su declaración dos exdirectivos del BNCy dos trabajadoras que desempeñaban tareas asociadas con la operación de cesión que se debate. Todos aportaron elementos que confirman la nulidad del documento emitido y las violaciones del procedimiento.

Más aún, en la vista del juicio se argumentó que el BNC, en apego a las normas cubanas, no tiene la facultad de actuar a nombre del Estado cubano, y de expresar su consentimiento para la cesión de una deuda pública.

La presidenta del BNC, Joscelin Río Álvarez, interrogada por el barrister que representa al fondo buitre, explicó el procedimiento regulado y las atribuciones conferidas al Banco para este tipo de operación.

La institución financiera, que desde 1997 no cumple el rol de Banco Central del Estado, al recibir la notificación de un acreedor que pretende ceder sus derechos sobre deuda pública está en la obligación de remitirla al Ministerio de Finanzas y Precios, y este, a su vez, al Consejo de Ministros, en su función de máximo órgano del Gobierno de la República de Cuba.

Por su parte, el viceministro primero de Finanzas y Precios, Vladimir Regueiro Ale, afirmó que en este caso no existió dicha comunicación, lo que refuerza el carácter ilegal y carente de consecuencias jurídicas de la supuesta cesión que alega el fondo buitre.

La ausencia de intervención de dicho Ministerio en esta presunta cesión es otro elemento de peso que sostiene la invalidez de los derechos alegados por el fondo.

Los argumentos escuchados en la sala de la Alta Corte de Inglaterra muestran una evidencia clara. Un ente económico intentó adjudicarse de forma ilegal dos deudas cubanas e, inmediatamente, a falta de acuerdo y aprobación de estos actos por el bnc y Cuba, establece la demanda en Londres.

Compraron la deuda a bajo costo, y el monto que reclaman significaría, en cualquier caso, una ganancia neta que oscila entre el 1 200 % y el 2 000 % del valor que pagaron.

Esta semana continuarán las sesiones, y se escucharán los alegatos finales de los barristers de cada parte.

El BNC y Cuba continuarán representados y sostendrán su postura inicial: el demandante no es acreedor y nunca lo ha sido.

Transferencias bancarias con la palabra #Cuba: ¿misión imposible? (Video)

#EEUU #BNC #TransferenciasBancarias #Londres #Justicia

Hoy repasamos lo que entienden por libertad en EEUU. Por ejemplo, prohibir a jugadores cubanos de béisbol de las Grandes Ligas concentrarse y entrenar con la selección de su país antes del próximo Clásico Mundial o venir a la Isla a una posible celebración tras dicho evento. Así es la libertad de movimiento entendida por quienes sostienen y jalean el bloqueo contra Cuba.

También destrozaremos las mentiras de un supuesto cubano residente en Alemania que niega la existencia de la guerra ecónomica contra su país de nacimiento, e incluso que las transferencias bancarias desde Europa estén afectadas por dicho bloqueo. Este ignorante, que se escuda en el anonimato, cuya cuenta es @M4ntillAle, parece que no ha leído el cuestionario («Cuba Sanctions Questionnaire natural person»), precisamente de un banco alemán, el Deutsche Bank, a sus clientes cubanos en territorio europeo: «¿El cliente tiene alguna vinculación con el Gobierno de Cuba o alguna entidad controlada por el Gobierno cubano? ¿Algún familiar del cliente tiene o ha tenido algún nexo con el Gobierno de Cuba o con alguna entidad controlada por el Gobierno cubano? ¿Es el cliente o alguien de tu familia miembro del Partido Comunista Cubano? ¿Cuál es el propósito de la cuenta? ¿La cuenta será usada para realizar alguna actividad que envuelva a Cuba? ¿Tiene intenciones de volver a vivir en Cuba? Si la respuesta es sí, proporciones detalles. ¿El cliente pasa tiempo durante el año en Cuba? Si la respuesta es sí, proporcione detalles». En fin, que «el bloqueo no existe» y «Cuba puede comerciar con el mundo».

Nos acercamos también a Londres, al penoso y vergonzoso espectáculo de un pequeño grupo de cubanas y cubanos sin patria manifestándose en Londres en favor del fondo buitre que pretende apoderarse del dinero del pueblo cubano. En fin, poco queda ya por ver.

Y nos despedimos con un nuevo golpe a quienes trabajan por destruir la cooperación médica cubana en el mundo, los Marco Rubio, María Elvira Salazar o su ONG adherida Prisoners Defenders. Leemos en el diario del Vaticano Faro di Roma: «El Papa Francisco quiso agradecer a Cuba por ser “un ejemplo de colaboración y ayuda mutua”, inspirada en un espíritu “abierto, acogedor y solidario”. Lo hizo evocando la gran vocación solidaria encarnada en las Brigadas Médicas cubanas y en las acciones de solidaridad internacional y ayuda a otros países en el campo de la educación que caracterizan a la Revolución castrista, en un mensaje que recuerda la visita realizada por Juan Pablo II. II, hace 25 años, del 21 al 25 de enero de 1998, el primero de un Papa en la isla de Fidel Castro, y esperando que el aniversario dé “un nuevo impulso para seguir construyendo con esperanza y determinación el futuro de esta nación”.

Ya hay pruebas de lo denunciado anoche Los buitres sin fondos y reconociendo al Guerrero

#JuiciodeLondres #EEUU

#GuerreroCubano con su verdad al desnudo.- Rapidito, rapidito, salen los odiadores a darme la razón con sus acciones en relación a las denuncias que hice anoche sobre las reuniones súper secretas de Marco Rubio con Gutiérrez Boronat y sus planes oscuros. Hasta reconocen labor de zapa de Bob Menéndez en el partido demócrata. Los desatinos y mentiras de la industria del odio al hablar del juicio en Londres dejan mucho que desear.

    Comienza juicio en #AltaCorte de #Londres sobre demanda contra #Cuba

    #Juicio #BNC

    Este lunes abrió sus sesiones la vista oral correspondiente a la demanda interpuesta por un fondo buitre contra el Banco Nacional de Cuba (BNC) y el Estado cubano.

    Como parte del calendario previsto, declararán en calidad de testigos, en representación del BNC, su presidenta Joscelín Río Álvarez, y por el Gobierno cubano, el viceministro primero de Finanzas y Precios, Vladimir Regueiro Ale.

    Otros testigos propuestos por el BNC y Cuba serán Raúl Olivera, María Teresa Compte, René Lazo, Melissa Pérez y Odalys del Nodal, quienes comparecerán desde La Habana, a través de videoconferencia en tiempo real, con la sala de la Corte.

    La defensa del BNC y de Cuba, acorde con las reglas del Derecho inglés, está conformada por las figuras del solicitor y el barrister. Los solicitors constituyen el primer acercamiento o asesoría legal a las partes en el proceso, y se encargan, además, de presentar la documentación inicial escrita; mientras que los barristers desempeñan un rol esencial en el estudio y valoración de las pruebas, además de conducir la defensa en el juicio oral, mediante interrogatorios y el informe conclusivo.

    Para el desempeño de ambos roles, tanto el BNC como el Estado cubano cuentan con experimentados profesionales británicos. Como se ha informado, esta defensa se integra también por un equipo de renombrados abogados de un prestigioso bufete español.

    El perito designado por el BNC y Cuba para comparecer ante el tribunal como experto en Derecho cubano es el doctor Juan Mendoza Díaz, profesor de Derecho Procesal de la Universidad de La Habana, presidente de la Sociedad Cubana de Derecho Procesal, miembro del Instituto Iberoamericano de Derecho Procesal, árbitro de la Corte Cubana de Arbitraje Comercial Internacional y director de la Revista Cubana de Derecho.

    Mendoza Díaz acumula más de 40 años ejerciendo como abogado, profesor universitario y conferencista de numerosas universidades de Cuba, América Latina, Estados Unidos y Europa.

    También integra la delegación cubana el doctor Rodolfo Dávalos Fernández, profesor de Derecho Internacional de la Universidad de La Habana y presidente de la Corte Cubana de Arbitraje Comercial Internacional.

    Dávalos Fernández, quien ha desempeñado una labor esencial en la estrategia jurídica del caso, cuenta con una amplia experiencia en materia de litigios internacionales.

    La audiencia ante la Alta Corte londinense se extenderá durante dos semanas, en las que se incluirán la práctica de pruebas y los informes finales de las partes, previstos para los días 1ro. y 2 de febrero.

    El BNC y Cuba ratifican que el ente que demanda, el fondo buitre identificado como CRF I Limited, no ha sido ni es su acreedor.